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Documento
más antiguo en el que aparece un Garcia
de la Campiza
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1591,
enero, 10. La Vega. Traslado del inventario autorizado de Santiago
Benito, escribano del número de la villa de la Vega, de los bienes
y alhajas que había en la Casa de la Vega el 19 de junio de 1590.
A.H.N. See. Osuna. Leg. 1799-12.
En la villa de la Vega a diez días del mes de henero de mil e quinientos
y noventa y un años su merçed de Juan de Monroy Uviedo, Corregidor
en la dicha villa por su señoría del Duque del Ynfantado, por ante
mi el presente escribano y testigos dijo que habiendo el tomado
residencia al licenciado León de Saravia, Corregidor que fue en
la dicha villa abía resultado que en las casas de su señoría do
abitan e posan sus jueçes abía avido de muchos años a esta parte
algunos vienes e preseas de casa para serviçio della que las dichas
casas tenían a los jueçes predecesores avían dejado en fin de sus
ofiçios e tambien en la carzel que está ynclusa en las dichas casas
las prisiones neçesarias para la execuçion de la justiçia lo qual
todo deviendo estar por inventario e quenta y razon como constaba
solía estar. El dicho liçençiado León no dio el dicho inventario
ny rajón alguna de los dichos vienes e prisiones. Por lo qual el
dicho corregidor avía hecho la aberiguagión nezesaria çerca dello
de que resultó al presente no tener la dicha casa y carçel sino
muy pocos vienes e prisiones que son los contenidos en los autos
y aberiguaçiones que pasaron ante Frangisco Gómez, escribano de
la dicha residencia y en parte ante mi el presente escribano e procediendo
su merced en la dicha residencia así en esta razón corno sobre muchos
maravedís que el dicho liçençiado abía embolsado siendo maravedís
y aver de su señoría e pertenecientes a su cámara el sobredicho
trató de trasportar sus bienes y hacienda y su muger abía repetido
sus bienes dotales y trajo compulsorias en apelaçión del procedimiento
de la dicha residençia de la Real Chancillería de Valladolid, demás
de lo qual al presente es benido a su notiçia que el dicho licenciado
abía ynformado e agraviándose ante su señoría que el dicho corregidor
le avía retenido y hecho dejar en las dichas casas de su señoría
algunos vienes e preseas suyas y no se las avía querido dejar llevar
e porque demás que la dicha relaçión a sido e fue siniestra y en
perjuicio de su merced y que antes el dicho licenciado se llevó
y no entregó algunos bienes que conoçidamente heran de las dichas
casas como fue una llave grande del aposento nuevo de las dichas
casas y otras mas llaves de los demás posentos dellas sin otros
mas vienes que avian faltado por no aver querido dar el dicho inventario
e razón de los dichos vienes, para que de todo conste a su señoría
e a los de¡ su consejo: dijo que mandaba y mandó a mi el dicho escribano
ponga a continuación desto los dichos autos y memoria de los vienes
que paresçieron e quedaron en las dichas casas e prisiones de carçel
e como a el dicho liçençiado no se le quedaron vienes algunos suyos
en ellas ni se le ynpidieron ni retubieron por su merced de los
que no se le tomaron en quenta ni pasaron en la dicha residencia
ni otros algunos dando relación e testimonio de todo en forma e
se lo de y entregue sinado y en publica forma para el dicho efecto,
e ansi lo proveyó e mandó e firmó de su nombre. Ante mi Santiago
Benito. En la villa de la Vega a veinte y siete días del mes de
junio de mil quinientos y noventa años en presencia de mi el presente
escribano se hiço inventario de las cosas y bienes que son propias
de las casas de su Exçelençia del Duque del Ynfantado que son las
siguientes:
Primeramente dos arcas medianas y otra pequeña que son tres.
- Unas
llaves de hierro
- una
caldera grande
- un
asador de torno
- tres
lechos
- dos
bancos
- dos
escaños
- dos
escavelos
- una
mesa grande de asiento
- otra
mesa pequeña
- tres
estrados
- una
artesa de amasar
- una
silla de madera
Los
quales dichos vienes ansi declarados por el licenciado Leon de Saravia
y su mujer se manifestaron ante mi el presente escriba. Siendo testigos
Pedro Milano, alguacil de residencia y Juan
García de la Campiza y otros. Ante mi Santiago Benito.
Auto
de las prisiones de la carcel
E
después de lo susodicho en la dicha villa de la Vega a 19 de junio
de 1590 Juan de Monroy, corregidor e juez de residencia en la dicha
villa y su xurisdiçion, visitó la carel publica de la dicha villa
que está dentro de las casas de¡ duque mi señor y pareció aver las
prisiones siguientes:
- Dos
cadenas la una gruesa y otra mas delgada con dos candados sin
llaves e cinco arrupeas.
- Dos
pares de grillos con sus chavetas y un mastil de otros grillos.
- Un
martillo y un botador.
Las quales dichas prisiones pareció aver en la dicha carçel e
su merced del dicho juez mandó se estubiesen en la dicha carçel
hasta que se haga entrega dellas a Juan de Herrera, merino mayor,
e lo firmó. Testigos Francisco Martinez e Francisco Gomez, estantes
en la dicha villa. Juan de Monroy Uviedo. Ante mi Françisco Gómez.
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