Nuestra Señora de la Victoria, abogada de la Orden Mínima en España
LOS MÍNIMOS Y AMÉRICA (ESBOZO HISTÓRICO)
Josep. M. Prunés, O.M.
(Publicado en Bollettino Ufficiale dell'Ordine dei Minimi XLIX (2001), pp.104-126)
1.- INTRODUCCIÓN
La implantación de la Orden Mínima en diversos países de América en los últimos decenios parece invitarnos a una revisión sobre la eventual presencia de la Orden en ultramar durante el período colonial[1]. La historia de esta presencia no ha sido objeto de particular estudio hasta el momento, limitándose a escasas, dispersas y poco claras noticias. Fue ciertamente una presencia humilde, verdaderamente mínima. La Orden, malograda, como en su día indicó Bayle[2], la ocasión de liderar la evangelización americana por el pronto regreso a Europa de fray Boil[3], no intentó su arraigo en América hasta bien entrado el siglo XVII. La evangelización se reservó oficialmente a franciscanos, dominicos, agustinos, mercedarios y jesuitas. Los mínimos que obtuvieron puntuales licencias para cruzar el Atlántico son apenas una anécdota comparados con las cifras de religiosos de las Órdenes “misioneras”[4]. Y aun estos mínimos nunca fueron, en el sentido estricto del término, misioneros. Apenas una anécdota, pero también la mera anécdota forma parte de la historia.
Un tema aparte es el de los obispos mínimos que ocuparon sedes en las Indias. Pueden contarse con los dedos de una mano. Pero no es desdeñable la humilde tarea que llevaron a cabo. La muy amplia documentación existente sobre ellos exige que sean objeto de un estudio específico que esperamos ofrecer en el futuro.
Este esbozo histórico ha sido elaborado principalmente a partir de la documentación existente en el Archivo de Indias de Sevilla[5].
2.- LIMOSNAS, LEGADOS Y DELINCUENTES
Tras el regreso de fray Boil, hay que esperar casi un siglo para encontrar alguna noticia que relacione a los mínimos con América. La Orden mínima parece considerarse (y autoconsiderarse) en la época, prácticamente hasta finales del siglo XVI, como una congregación de recolección y observancia, cuyo apostolado se limitaría al ámbito conventual, en la línea de sencillez que denotaba y requería su normativa. En siglos posteriores amplió su ámbito apostólico y se abrió a la vida intelectual. Pero la misión ad gentes siguió resultando algo impropio de ella, y aun los poquísimos intentos que en la historia de la Orden se dieron en épocas posteriores habrían de ser justamente eso, meras tentativas, cuya inadecuación es revelada por su misma excepcionalidad y por su poco éxito.
Las primeras relaciones con las Indias vienen dadas por razón de legados y limosnas a favor de la Orden. La devoción a la Virgen de Consolación de Utrera, la cual tuvo un desarrollo espectacular en sus primeros años[6], acompañaba a muchos de los andaluces que marchaban a América. Pidiendo precisamente para el convento de Nuestra Señora de Consolación anduvo en Indias, con poderes y recados falsos, el mínimo fray Antonio de la Rocha, pretendiendo juntar caudales “para lo jugar mal varatar y usar mal dello, lo qual avia tenido y tenia por costumbre por ser hombre desonesto y de mal exemplo”, sin que las órdenes recibidas de sus superiores “con pena de obediencia y descomunión” para que se recogiera en convento hubiesen surtido ningún efecto; por ello, el rey dirigía en 14 de enero de 1578 cédula a las autoridades de las Indias para que fuese buscado y repatriado con todo lo que tuviere para ser entregado en Sevilla a su prelado[7].
Los trámites para el cobro de legados no eran fáciles y a veces, por la carencia de noticias, el cobro se demoraba durante años. Valga como ejemplo el de los treinta pesos en oro corriente que llegaron en 1571 en la nao San Mateo procedente de la provincia de Tierra firme, como bienes del difunto Martín Hernández destinados para una corona a Ntra. Sra. de Consolación de Utrera. El oro se vendió en almoneda pública en enero de 1572 por 13685 maravedís (=mrs.); de ellos se pagaron 247 mrs. por la traída y averías. La suma líquida se mandó entregar a fray Francisco de Huelva, apoderado del convento de Utrera, en 11 de mayo de 1585. Dos días después fray Francisco recibía el dinero y otorgaba la correspondiente carta de pago[8]. Más cuantiosa fue la manda que dejó en 1606 Juan del Valle, difunto en la ciudad de la Trinidad, en la provincia de Guatemala: 510.140 mrs. que habían de emplearse “a tributo para que perpetuamente se dixere por su ánima una capellanía de misas” en el monasterio de la Consolación de la villa de Utrera[9].
Pero no siempre aquellos en cuyo poder se hallaban los bienes los enviaban a Europa. Por ello, a finales de 1592 la Orden de los Mínimos decide enviar religiosos a las Indias (2 a Nueva España y 2 a Perú) para percibir in situ las limosnas legadas para la Consolación de Utrera, la Victoria de Triana y otros conventos. En el expediente sustanciado al efecto prestaron declaración 4 conventuales de Ntra. Sra. de la Victoria de Triana (fray Lucas Guerra, fray Lorenzo Núñez, fray Francisco de Huelva y fray Gerónimo Morcillo); todos ellos declaran en términos similares: que conocen a los frailes designados, todos ellos profesos, que el General ha dado licencia para que puedan ir a las Indias a recoger las limosnas legadas, que los monasterios son pobres y necesitados y “que se han dado poderes a seglares para que cobren las dichas limosnas y se quedan con ellas y no acuden con nada”[10]. Los religiosos que partieron fueron fray Gregorio de León, fray Juan Cortés, fray Bartolomé Ardón y fray Juan de Arze; todos ellos se despacharon en 11 de febrero de 1593, los dos primeros al Perú y los otros dos a la Nueva España[11].
Pareciendo que no se bastarían, el Corrector General, fray Gregorio de Paula, efectuó nueva súplica pidiendo licencia para que pasasen también a las provincias de Perú fray Pedro Muñoz y fray Gabriel de Beas, temiendo que los dos ya autorizados podría ser que “fallesciesen en el biaje por ser largo y trabajoso”. La respuesta negativa recibida (“No ha lugar”) es buena muestra de la prevención que la autoridad real tenía en aquel tiempo respecto a que de las Órdenes no misioneras pasasen a las Indias más frailes de los estrictamente necesarios; además, hay que tener en cuenta el costo añadido que soportaban las arcas reales por el pasaje de los religiosos. El General volvió a presentar la petición en 22 de marzo de 1593, alegando nuevamente que podría ser que los ya autorizados a pasar “enfermasen o murieren que sería causa para que nunca se cobraran las limosnas que alla se an echo a los conventos de la Orden”; como argumento para mejor disponer al monarca se indicó “que ellos an de yr a su costa”; bastó: se dio licencia para que pasasen por seis años[12].
Estas licencias debieron renovarse, pues sabemos que con el mismo objeto pasó los mares fray Diego Bermúdez, del sevillano convento de Nra. Sra. de la Victoria de Triana, con orden y licencia del Provincial de Andalucía, para recoger limosnas para el mencionado convento de la Victoria, para el Colegio de San Francisco de Paula de Sevilla y (¿cómo no?) para el convento de Consolación de Utrera. Fray Diego falleció en Mérida, en el Nuevo Reino de Granada, dejando bienes cuyo valor sobrepasaba el medio millón de maravedís, los cuales se registraron entrados en noviembre de 1629 en la Casa de la Contratación de Sevilla. En diciembre de 1639 se expide el correspondiente testimonio del registro[13] y en 12 de enero de 1640 pide la adjudicación fray Bartolomé Guerra como procurador del Colegio[14]. El fiscal emitió el correspondiente dictamen, indicando que la suma relicta y reclamada había de dividirse no sólo entre los tres conventos de frailes, sino que debían entrar también en el prorrateo los dos monasterio de monjas mínimas que a la sazón había en Sevilla (el de Triana y el de calle Sierpes)[15]. En 4 de febrero del mismo año comparecen los procuradores de Utrera (fray Fernando de Aguilera) y de la Victoria de Triana (fray Juan de Castro) solicitando la adjudicación en favor de sus respectivos conventos[16]. Una semana después concurren con un escrito conjunto los tres procuradores de los frailes, expresando que, según la licencia que en su día dio el provincial, a los tres conventos tocan y pertenecen las limosnas, “sin que puedan ni deban pretender derecho los conbentos de monjas que a señalado el señor fiscal porque no son nombrados en la dicha lizencia y poder ni tampoco para ellos se rrecogió limosna alguna ni entran ni salen en este pleito y assi no ay sobre que se les pueda dar traslado ni sobre que puedan ser llamados”[17]. No tardaron en ponerse de acuerdo para presentar nuevo oficio en los autos proponiendo la distribución de este modo: la mitad para la Victoria, para Utrera una cuarta parte y para el Colegio la otra cuarta parte[18]; el mejor trato dado a la casa de Triana se argumenta, por ejemplo, en base a que siendo la sede provincialicia estando allí los superiores, concurren a él religiosos de toda la Provincia (con el consiguiente aumento de gastos) y, aunque pobre, es la que sustenta mayor número de frailes; otro motivo que se aduce es que “por las inundaciones del río está amenazando ruina y actualmente se está reparando y haziendo un dormitorio nuebo con que bienen a ser mui grandes los gastos que oy tiene y esto es fuerça que toda la Provincia aya de considerar que por ser Cavessa de ella el dicho Convento que no venga a menos”[19] . La Audiencia de la Casa de Contratación acogió la propuesta de reparto en resolución de 16 de febrero de 1640; por tanto, dos cuartas partes se adjudican al convento de la Victoria de Triana (una para que la “empleen en la obra del quarto y dormitorio que estan haziendo”, la otra “en los ussos mas necesarios del mismo convento”), una cuarta parte al Colegio de San Francisco de Paula de Sevilla y la parte restante al convento de Consolación de Utrera[20].
No siempre los mínimos ganaron estos pleitos de difuntos. Un documentado litigio es el que surgió sobre los bienes de Diego Núñez Gallardo. En 8 de noviembre de 1610 fray Andrés deValbuena, como procurador del convento de la Victoria de Triana, pide en la Casa de la Contratación se le entreguen 542 pesos (de a 8 reales cada peso) legados por el licenciado Diego Núñez Gallardo, presbítero difunto en Lima en 5 de septiembre de 1609, para que de ellos se dijeran por su alma las misas que alcanzaren. Se mandó que le fuera satisfecha dicha cantidad, pero prestando la correspondiente fianza por si hubiere persona con mejor derecho. Como tal se creyó doña Inés Alonso Gallardo, madre del difunto, la cual reclamó la suma (o al menos 2/3 de ella) como legítima heredera. Se opusieron el convento y su fiador alegando, amén de otros argumentos formales, que la partida era menor que el tercio de libre disposición, que procedía de lo que ganó el difunto como doctrinero de indios y por tanto reputable como bienes cuasicastrenses no sujetos a legítima; se señaló, además, que Diego Núñez fue religioso profeso de la orden de San Francisco de Paula y por ser deudor a la casa de esta cantidad la mandó decir de misas para descargo de su conciencia. La madre aseguró ser heredera legítima, que los bienes procedían de los que ella le dio para pasar a las Indias, que si “fue efectivamente fraile de la orden de la victoria, los superiores y frailes lo expelieron de ella afrentosa e indecentemente, sin causa legítima y quedó no fraile sino clérigo secular y para ello trajo bula de su santidad para ejercer el clericato secular...”. En julio de 1611 se dictó sentencia mandando se pagasen a Inés Alonso dos tercios de la partida, es decir 361 pesos[21].
No era infrecuente que con motivo de gastos extraordinarios los religiosos solicitasen poder pedir limosna en las Indias. Entre las súplicas cursadas de este tipo, cabe reseñar la que en Julio de 1627 presentaba el padre fray Vicente Torres, Procurador provincial de Valencia[22]. La petición se motivaba en los gastos excesivos que se requerían en el proceso de beatificación del padre fray Gaspar de Bono, a fin de que “con la dicha limosna tenga efecto una obra tan pía como es la beatificación y canonisacion de dicho santo que por estar ymposibilitados esta suspensa dicha beatificacion y proceso”.
En 1676 se otorgó licencia, por tiempo de 4 años, para pedir limosna para el convento de los mínimos de Ntra Sra. de la Victoria de Málaga; la motivación, el incendio sufrido en 1675[23].
Otras veces lo que hacían los conventos era pedir directamente ayuda al monarca, sobre todo si tenían buenos valedores en el círculo real o en los Consejos de gobierno. Entre los que recibió apoyo con fondos procedentes de las Indias hay que mencionar especialmente al convento de la Victoria de Madrid, fundado contemporáneamente a la ubicación de la corte de Felipe II en dicha Villa. El rey les concedió, por ejemplo, en diciembre de 1574, visto el parecer de su Consejo de Indias, 100 ducados (37500 mrs.) a extraer de los bienes de difuntos que hubiera en la correspondiente caja de la Casa de Contratación y de los que, hechas las diligencias legales, no hubiesen aparecido herederos[24]. Menor fue la limosna que de la misma procedencia se les hizo en enero de 1576: 20 ducados[25]. Nuevamente en 1583 acudía el monasterio de la Victoria al favor real; indicó el Consejo de Indias que la necesidad aducida era cosa notoria, tanto en lo que concernía al edificio conventual como al sustento de los religiosos; en esta ocasión tardaron varios años en percibir el donativo, que ascendió finalmente a 600 ducados[26].
Como es sabido, Felipe III trasladó la corte a Valladolid en 1601, lo que repercutió en beneficio del convento vallisoletano. Así, en 29 de abril de 1603 se expidió real cédula desde Aranjuez a los oficiales de la Real Hacienda de Nueva España en Mexico ordenando pagar al convento de Ntra. Sra. de la Victoria de Valladolid la suma de 500 ducados, bien a algún poderhabiente del convento que hubiese en Mexico o bien enviándolos a la Península debidamente registrados; Felipe III concedió la merced porque la comunidad le había hecho relación de no tener enfermería, sólo comenzado el claustro y haberse de levantar la iglesia[27].
La Cámara de Indias consultó al Rey en agosto de 1603 sobre la súplica presentada por fray Pedro de Amoraga, como definidor de la Orden de la provincia de Castilla; en el trayecto entre Barcelona y Mallorca seis religiosos habían sido capturados por corsarios argelinos y se solicitaba limosna al monarca para ayudar a pagar su rescate; la Cámara proponía se dieran de limosna 200 ducados librados en penas de Cámara del Consejo; el rey se avino (“lo que parece”)[28].
Pocos años más tarde Madrid volvía a gozar de la capitalidad. Nuevamente fue el convento de la Victoria de la villa el favorecido[29]. La cercanía a la Corte fue decisiva en cuanto a que los mínimos de la Victoria fuesen tenidos en cuenta por el real amparo. Baste reparar en que de los 5 mínimos que fueron electos obispos para sedes americanas, 3 de ellos fueron Provinciales de Castilla (Angulo, Herrera, Rincón); de los otros dos, uno era conventual de Madrid (Cañizares) y el otro un criollo de buena familia que a la sazón se hallaba también en la capital (Pardo de Figueroa).
En 27 de abril de 1610 el Consejo de Indias consultaba al Rey sobre las súplicas presentadas por religiosos trinitarios y mínimos para rescate de frailes cautivos; cinco mínimos de la provincia de Sevilla que venían de ordenarse fueron capturados “sobre montegordo, costa de ayamonte” y llevados a Larache. De los cinco, con los recursos de la Provincia, se rescataron dos por 21000 reales y se acudía al favor real por no tener con qué rescatar a los otros tres, los cuales “por ser moços estan opuestos a muchos peligros”. En esta ocasión la ayuda se les entregó en licencias para pasar esclavos a las Indias[30].
La Congregación de Nuestra Señora de la Soledad, ubicada en el mismo convento de la Victoria de Madrid y probablemente nacida con finalidad de culto tras la extinción de la antigua Cofradía del mismo nombre[31], expuso en 1655 al Rey Felipe IV que “por ser tan cortas las limosnas que se juntan no podían acabar la fabrica de la capilla en que se a de colocar aquella santa ymajen con que no esta con la dezenzia y rreverenzia devida”, suplicando se diese licencia para pedir limosna general en las Indias; el monarca concedió la merced, expidiéndose 130 cédulas fechadas en Aranjuez el 28 de abril de 1655, con orden a las autoridades civiles (Virreyes, Presidentes y oídores de Audiencias, Gobernadores, Corregidores, Alcaldes mayores, Jueces y Justicias) y con ruego y encargo a las eclesiásticas (Arzobispos, Obispos, Vicarios, Párrocos y demás jueces eclesiásticos) de que dejen pedir limosna a los apoderados de la Congregación y nombren persona de confianza para que pida con el mismo fin algunos días señalados, metiendo lo que reciban en arca de tres llaves; se ordena, asimismo, que en cada Parroquia se ponga una cajilla de caudales para las limosnas de este destino, “encomendándola los curas en los ofertorios de la misa”; lo recogido habría de enviarse anualmente a la Casa de Contratación de Sevilla[32]. Sería habitual la celebración de funciones religiosas en tal Capilla de la Soledad por encargo del Consejo de Indias; en 11 de junio de 1686 se pagaron 200 ducados al sacristán mayor de la Capilla, a la sazón fray Francisco de Paula, por el gasto de una novena[33].
Un grupo especial de frailes mínimos que hallamos en América es el de aquellos que cruzan el Atlántico para atender asuntos familiares, generalmente de índole económica. En 19 de enero de 1610 el Presidente y Jueces oficiales de la Casa de Contratación de Sevilla dan el pase a fray Francisco de Alfian, de la orden de nuestra señora de la Victoria (sic), para que vaya a las provincias del Perú; el religioso tenía real cédula de 7 de enero del mismo año y licencia del Corrector General fray Matías Chico fechada en Triana en 16 de diciembre de 1609 para pasar por 3 años; el padre del religioso había muerto en la ciudad de Lima dejando mucha hacienda en poder de algunas personas, sin que, pese a las diligencias hechas, su madre y sus dos hermanas, a quienes correspondía, la hubiesen podido cobrar, por lo que era necesario fuera fray Francisco a hacer tal cobranza[34].
En junio de 1617 se concluyó expediente de información y licencia de pase a Nueva España de fray Andrés de Valenzuela, de 48 años, Lector Jubilado y Regente del Colegio de la Victoria de Osuna. Según traslado de la real cédula que se halla en el expediente va “a negocios tocantes a un tío suyo y a otros de su rreligion”; la licencia es por 4 años desde el día que se hiciere a la vela en uno de los puertos de Sanlúcar de Barrameda o Cádiz; para asegurar el regreso, se le fijó fianza de 100000 mrs. (salieron fiadores Francisco de Valenzuela, sedero, y Bernabé de la Cueva, alguacil de la Cruzada); llevó como criado a Pedro Fernández de Valenzuela[35].
En 13 de noviembre de 1666 la Reina gobernadora concedía licencia a fray Pedro de Salaçar y Usatigui para pasar a Lima acompañando, “para que baya con decencia”, a su hermana Ana (que iba a reunirse con el marido)[36].
En 15 de Julio de 1692 se dio despacho de embarcación para el mínimo fray Pedro Gallo (religioso en el Puerto de Santa María) para que con su madre, tres sobrinos y tres esclavos pudiese pasar a Nueva España[37]. El fraile viajaba simplemente acompañando a los familiares que iban a reunirse con su hermano Miguel Gallo, castellano en Acapulco; se prescribió que fray Pedro había de regresar en la misma flota; en la cédula real se manifiesta expresamente: “por lo que mira al referido fr. Pedro Gallo dispenso por esta bez con la ley que prohibe no puedan pasar a las Indias religiosos de cuya orden no hubiere fundados combentos”, de lo que hay que inferir, salvo que se halle documentación que lo contradiga, que a finales del XVII los mínimos no tenían todavía casa alguna fundada en América o, al menos, en Nueva España[38].
Sin embargo, no todos pasaban legalmente a las Indias. Entre los religiosos de San Francisco de Paula no faltaron tampoco los que en el siglo XVII, olvidados de su profesión, dejaban el convento para embarcarse en busca de fortuna y aventuras. Por causa de tales transgresores dirigía un memorial al Rey fray Juan de Alfaro, siendo provincial de Sevilla[39]; en él se ponía de manifiesto la desordenada vida con que se conducían en América los religiosos extraclaustrales[40]; se tenía noticia cierta de encontrarse en el Reino del Perú 14 religiosos de su Orden en tal situación irregular; ninguna noticia se tenía de que los hubiese en Nueva España. El Provincial hispalense proponía una serie de medidas encaminadas a repatriar a estos religiosos huidos, así como que se diese licencia para pasar a aquellos Reinos, a fray Juan Adame (como Vicario General) con un compañero (como Secretario) con la misión de investigar y reducir a obediencia a los Religiosos que hallase, remitiéndolos a España y recogiendo los bienes y hacienda que hubiesen adquirido los vivos o dejado los ya difuntos.
3.- UNA PRESENCIA TARDÍA Y LABORIOSA: EL CONVENTO DE LIMA
Las fundaciones de los Mínimos fuera de Europa y su inmediato litoral resultan históricamente improbadas. Las noticias sobre ellas son oscuras y aisladas. La devoción a San Francisco de Paula en un lugar no ha de ligarse necesariamente a la previa existencia en el mismo de un convento de la Orden. La devoción meramente personal que algún español (singularmente los andaluces) llevase consigo podría explicar más de un altar, capilla o iglesia allí donde nunca se había visto un fraile mínimo. Los documentos del Archivo de Indias dan fe de numerosas naves que, ostentando el nombre de San Francisco de Paula, atravesaban el Atlántico. Incluso la casualidad jugó su papel en la propagación de la devoción al santo paulano; valga como ejemplo el de la Habana, donde, al parecer, fue elegido como protector por insaculación en 1638.
En las Azores hubo devoción, sin que pueda asegurarse que llegase a prosperar fundación alguna; en Angra anduvo a visitar a unos parientes fray Andrés de Azevedo y “aviendo dado allí noticia de S. Francisco de Paula y de su Religión se assentó mucho su devoción”[41]. Una fundación estuvo a punto de darse en el mismo archipiélago, en la isla de San Miguel, mas el proyecto se abandonó y considero muy improbable que se llevase a cabo después, cuanto más teniendo en cuenta que en 1640 el reino de Portugal volvía a independizarse de la Corona española[42].
Roberti refiere una vaga noticia sobre una fundación en México[43]. En la documentación que he examinado no he sido capaz de encontrar un solo documento que pueda directa o indirectamente sustentar esta presencia.
Sabemos que en el Perú, por la provincia de Chucuito, estuvo hacia 1630-1640, fray Bernabé Delgado, pero no conocemos con qué misión[44].
En Lima entraron los Mínimos, según Bayle, en 1646[45]. Su establecimiento, del que no hemos averiguado noticias más puntuales, se creyó irregular, es decir carente de la correspondiente licencia, pues se vio afectado por la cédula general de 18 de septiembre de 1653 que ordenaba demoler las casas y hospicios que los religiosos hubiesen fundado sin licencia del Rey. La demolición de la “casa y ospedería” fundada por los mínimos en Lima fue pospuesta por la autoridad colonial, representándose a su Majestad los motivos que aconsejaban mantenerla[46]. Los argumentos no tuvieron suficiente peso en Madrid para conseguir excepción; una cédula expedida en 15 de octubre de 1660 manda al Virrey del Perú que proceda a la demolición sin réplica ni dilación y que además haga embarcar de vuelta a los religiosos de la Orden que sin licencia real estuviesen en el Virreinato; en la misma fecha se dirigió cédula de ruego y encargo al Arzobispo de Lima para que prestara su ayuda en la ejecución de tales órdenes[47].
La Orden recurrió nuevamente al Rey, en súplica de ser favorecida aquella Hospedería y auxiliado fray Gaspar Campuzano, Vicario General, en lo que necesitare de amparo; una nueva cédula al Virrey fechada en 18 de octubre de 1662 daba cuenta de la denegación de los solicitado por los mínimos y se le indicaba que guardase lo ordenado al respecto, insistiendo en que los religiosos fuesen remitidos a España, dada su innecesariedad en Lima y la carencia allí de convento “de su orden donde ser reducidos y no ser combeniente que anden bagando por los daños que dello resultan”[48].
En la ejecución de la demolición hubo nuevos titubeos. Primero resolvieron Virrey y Arzobispo que quedase hecha Capilla Sagrada servida por un sacerdote y operando como Viceparroquia; después decidió el Arzobispo que era mejor demolerla del todo aprovechando la madera para otros lugares píos, dejando allí una cruz. Nicolás Polanco, fiscal de la Audiencia de Lima, comunicaba en julio de 1663 a Madrid cómo para ejecutarse la orden de demolición la imagen del Santo se había llevado al convento de San Agustín “donde se le avia hecho una fiesta muy solemne”. Pero los religiosos no fueron repatriados; llevaron consigo “todos los cálices, ornamentos, misales frontales y bultos de santos” que habían adquirido, sin inventariarlos, y no se había podido conseguir que se embarcasen. El Consejo de Indias se dirigió en julio de 1664 a fray Francisco Navarro, Corrector General, para que facilitase cartas de obediencia para aquellos frailes en evitación de tener la Corona que recurrir a otros medios, “por el credito de los mismos Religiosos y atención que se debe a esa Religión”[49].
El General respondió no tener noticia alguna ni del Hospicio, ni de los religiosos, ni de cómo se hubiesen introducido en Lima; tal respuesta no hacía sino acentuar la consideración de irregularidad de aquella presencia americana. Por ello, en 31 de agosto de 1664 se expidieron reales cédulas al Virrey y al Arzobispo para que concordes procediesen contra los religiosos y los hiciesen prender para ser remitidos a España; en cuanto a la devolución de las imágenes y ornamentos, se procurase “disponer en buena forma, con suabidad, sin molestarlos”[50]. Aquel tímido intento de establecerse en las Indias parecía, pues, tocar a su fin, agotadas todas las posibilidades de suspensión o demora.
Sin embargo, no todo estaba perdido. El virrey Conde de Santistevan, extrañado por la ignorancia manifestada por el Padre General, hizo reconocer los papeles con que los mínimos habían entrado en Lima. De su examen resultó que la licencia la había otorgado en su día el Provincial de Andalucía con oficio de Vicario General, habiendo sido admitidos los religiosos por el gobierno y habiéndoseles señalado el puesto donde habían estado hasta entonces. El Virrey en carta de 20 de noviembre de 1665 ponía todo esto en conocimiento del soberano, haciendo constar lo mucho que se sentía en el barrio la falta de los religiosos, por la misa cotidiana y por “el afecto y devocion que tenian a su avito”, y proponiendo una solución intermedia que, conservando la presencia, acentuase el control. La propuesta fue acogida favorablemente por Madrid. Efectivamente, en 18 de noviembre de 1666 bajo el nombre de la Reina Gobernadora se expiden sendas cédulas al Arzobispo y al nuevo Virrey (Conde de Lemos), con instrucciones para que se mantuviese el hospicio con los dos religiosos mínimos, pero sujetos estos “enteramente al Arzobispo de esa Ciudad sin pretender otro fuero y con calidad de que no puedan dar avitos ni admitir mas religiosos”[51]. Las condiciones eran ciertamente restrictivas; no aseguraban el futuro, pero asentaban el presente.
Los avatares por los que pasó la Orden en América en los años siguientes nos son desconocidos. En la última década del siglo hay intentos de transformar en convento el Hospicio limeño. Los mínimos estaban ubicados en el extrarradio, en el camino que conducía al Callao, en una capilla bajo la advocación de Nuestra Señora del Buen Viaje y San Francisco de Paula. En apoyo de sus pretensiones, alegaron poseer sitio y alhajas por valor de 42000 pesos y promesas de otros 46000 para la fundación. Aunque Audiencia, Arzobispo y Virrey informaron favorablemente, la súplica fue rechazada y se apuntó desde España que mejor sería que las limosnas se ofreciesen para la construcción de un nuevo hospital que para nuevas fundaciones de religiosos[52].
El hospicio fue aceptado finalmente en el XLVI Capítulo General (1703), recibiendo los Padres Capitulares la noticia de su tenencia cum summa exultatione; se incorporó a la provincia de Castilla; las actas capitulares reflejan que los frailes se asentaron allí post gravissimas lites[53]. No asombra que los mínimos tuviesen que sortear dificultades; si algo sobraba en Lima a inicios de aquel siglo, eran religiosos[54]. A esta presencia en la capital de Perú hace referencia Gómez de la Cruz con ocasión de tratar la devoción a San Francisco[55]; por sorprendente que parezca, el cuadro encomiástico que ofrece halla corroboración en la documentación oficial. En esta época habría que situar el viaje de los padres Sanz y Bravo a Lima relatado por Roberti sin precisión de fechas (y con algunos detalles que se revelan, de acuerdo con la documentación, erróneos)[56].
A los pocos años los frailes de San Francisco de Paula consiguieron que el Arzobispo de Lima les cediera la iglesia de Nuestra Señora del Socorro, en el barrio de Malambo. Contaron entonces con la ayuda del Virrey Marqués de Castell dos Rius[57], del que fray Agustín Sanz era confesor. Mientras tanto, fray Blas Bravo reemprendía en España las gestiones encaminadas a conseguir la licencia para que el Hospicio limeño deviniera Convento. Por fin, en 7 de Junio de 1710 se expedía real cédula dirigida por la Reina Gobernadora a sus autoridades de la Ciudad de los Reyes autorizando la fundación[58]. A destacar que la cédula da cuenta de que las limosnas recaudadas para la fundación pasaban de 100000 pesos. La solicitud había sido apoyada favorablemente por Virrey, Audiencia, Arzobispo, Cabildos secular y eclesiástico, y, lo que no deja de ser remarcable, por otros institutos religiosos presentes en la capital del Virreinato sudamericano (dominicos, franciscanos, agustinos, mercedarios, jesuitas y hermanos de San Juan de Dios). La licencia de fundación comprendía poder llevar de España 20 religiosos sacerdotes y los legos que se precisasen, siempre a costa de la Orden y excluyendo que los mínimos pudieran ser misioneros o doctrineros.
En agosto del mismo año fray Blas Bravo, que había venido de Lima para impetrar esta licencia, actuando como Vicario Corrector del autorizado convento, presentó petición en la que hacía ver la necesidad de que el número inicial de religiosos de la nueva fundación fuese proporcionado a la renta y congrua de la misma y que, por tanto, consideraba que bastaban por el momento 12 religiosos (incluidos los 2 que ya residían en el hospicio limeño) y solicitaba licencia para que se embarcaran para América 10 frailes cuyos datos adjuntaba en Memoria[59], reservando para más adelante usar del permiso para completar el número de 20. Se concedió la licencia solicitada por real cédula de 8 de septiembre de 1710[60].
Una cédula real de 20 de marzo de 1711 firmada por el Rey en Zaragoza da cuenta de que fray Blas Bravo tuvo que retrasar su viaje, no pudiendo embarcarse “en el abiso que esta para navegar a tierra firme por hallarse actualmente asistiendome”; por ello, el rey le autoriza a que pueda embarcarse y pasar a Lima con sus 10 compañeros por la vía de Francia[61].
Mientras tanto, en Lima fray Agustín Sanz no aguardó a que llegasen. En Octubre de 1711 se inauguraba festivamente el nuevo establecimiento de los Mínimos con una solemne procesión en la que se trasladó la imagen de San Francisco de Paula desde la catedral a su nuevo destino en la Iglesia del Socorro, prorrogándose los festejos por tres días[62].
En enero de 1713 fray Blas seguía en Europa y ninguno de sus compañeros se había puesto en viaje. El rey había suspendido la licencia otorgada. Desconocemos los reales motivos de esta regia marcha atrás. Tal vez los acontecimientos de la guerra de Sucesión habían aconsejado limitar las autorizaciones para pasar a las Indias. Aunque entre los mínimos de Madrid no habían faltado elementos austracistas[63], la línea general parecía ser de fiel adhesión al Borbón (piénsese en Rincón, Palanco, el mismo Bravo, etc.). Sea como fuere, el arranque del nuevo convento se llevó a cabo con poco personal. Fray Blas Bravo, viendo que el asunto se dilataba sin ofrecer visos de solución, no teniendo qué hacer en España y considerando necesaria su presencia en Lima, solicitó licencia para regresar a Perú con uno o dos religiosos; el rey, mediante cédula de 13 de enero de 1713, le concedió volver con un solo religioso; el Padre Bravo eligió a fray Joseph de Mira. Se les dio despacho de embarcación en Cádiz en 6 de mayo de 1713[64].
Los capitulares de toda la Religión reunidos en Valencia en 1716 recibieron exultantibus animis la nueva de que el antiguo hospicio de Lima se había trasladado dentro de la ciudad y erigido en convento intitulado a Santa María del Socorro[65].
Al final, siguió el nuevo convento su normal desarrollo, sin que conozcamos más datos sobre otros eventuales problemas. Según testimonios posteriores[66], la primera vocación americana que entró en la Orden fue Pedro Pardo de Figueroa, el que sería obispo de Guatemala.
Con el tiempo, el convento de Lima vería incrementarse sus moradores hasta alcanzar la cifra de fundación, que se cubriría con vocaciones de criollos, pues fueron pocos sus moradores procedentes de Castilla[67]. De un resumen de cartas del Arzobispo de Lima de 1765 y 1766 informando sobre los religiosos que había en su diócesis, resulta que según lista sin fecha dada por el Superior de los Mínimos a dicho Arzobispo “sólo tienen un Convento en Lima (en que hay escuela de primeras letras) con 24 Religiosos de Coro, 2 legos y 4 donados, y un Hospicio en Guamanga con 2 religiosos”[68].
Todavía vale la pena mencionar una significativa súplica presentada en 1785 por el Provincial de Castilla fray Tomás Muñoz, pretendiendo licencia para enviar dos religiosos a Lima con amplias facultades de jurisdicción y que su viaje se costease por la Real Hacienda[69]. Por la documentación se advierte la clara reticencia que desde Castilla se tenía a que el convento peruano se gobernase por frailes americanos, temiendo que en tal caso decayese la observancia regular. La intención del Provincial era que en Perú hubiese una “parte considerable de europeos”, trayendo algunos criollos a España. Considerando que había mínimos en Lima desde hacía casi siglo y medio y convento en forma desde hacía más de 70 años, puede extrañarnos esta desconfianza respecto a la capacidad de correcto y fiel autogobierno de los criollos. En la carencia de más datos, nos queda el interrogante de saber si la actitud de fray Tomás tenía su origen en el recelo propio de la ignorancia a causa de la lejanía (el prejuicio) o bien, por el contrario, en preocupantes noticias fidedignas que le hubiesen llegado.
Lo cierto es que la Orden de los Mínimos en Perú se extinguió en los primeros años de la independencia[70]. Los frailes de San Francisco de Paula no volvieron a introducirse en América hasta los años sesenta del pasado siglo, con la apertura de las primeras casas en Brasil y Estados Unidos; en años posteriores se han implantado también en Colombia y México.
ANEXO DOCUMENTAL*
A)Real cédula de 7-6-1710 autorizando a la Orden de los Mínimos para que pueda fundar convento en Perú.
(AGI, Indiferente, 2872, L.13, ff.313r-320v).
« El Rey
La Reyna Governadora
Mi Virrey Presidente y oídores de mi Audiencia de la Ciudad de los Reyes, en las provincias del perú, el Letor Jubilado fray Blas Bravo, Calificador del Santo Oficio y procurador General de el Hospicio de San Francisco de Paula de esa Ciudad me a representado que con el motivo de aber pasado a ella dos relixiosos de su orden, en el año, de seiscientos y quarenta y seis, procurando estos, en conformidad de su ynstituto, ymitar al ardiente celo y caridad de su santo fundador, se aplicaron al pasto espiritual de las almas, de que dimano se les encargase cierto ospicio con la advocazion de nuestra señora del buen biaxe; en donde prosiguiendo, en veneficio de toda la republica, su birtud y buenas costumbres, resulto una cordial devozion al santo, que continuo recíprocamente la relixion en la remision (con lizençia que para ello les fue conzedida) de suxetos que subcedieron a los dos antezedentes, y ymitaron en el cuidadoso zelo de las almas de esos havitadores, quienes correspondian en la asistencia a su yglesia, frecuentando los santos Sacramentos, que con uno de los efectos que causo la fervorosa devozion fue haver solicitado, desde luego toda la Ciudad el que se aumentase el numero de los relixiosos (a que actualmente anelan, con ansia) pretendiendo se reduxesen estos dos relixiosos al centro de la misma Ciudad, por hallarse situado dicho ospicio casi fuera de sus muros, lo qual se consiguio deel arzovispo dandoles una yglesia o parroquia de la advocazion de nuestra señora del socorro, sita en el barrio de malanbo, con asenso e yntervencion de los curas retores de esa Cathedral, para que la tubiesen sin perjuicio de los derechos parroquiales, ynterín que se les permitiese en ella la fundazion de su relixion; que continuando esos naturales sus buenos deseos de que esta se lograse, an contribuido con muchas limosnas que pasaran de zien mill pesos ademas de la yglesia que se alla fabricada con todo lo aderente a la mayor decencia del culto divino, de que yzo donazion el Padre Gregorio Cavañas, Presvítero, como constava de dos escripturas, que exivía y añadiendo las continuadas suplicas hechas, a este yntento, por virreyes, Audiencia, arzovispos, relixiones y cavildos, secular y eclesiastico, de esa Ciudad y las razones que demas de lo referido, concurrían, para hatender a su relixion por la estimazion que su Santo fundador merecio, en vida de la Magestad del Señor Rey Luis undezimo de francia, y despues de su muerte, en su canonicazion al señor rey francisco, mis gloriosos proxenitores, suplicandome que por todos estos motivos, fuese servido de conzeder a su relixion dicha fundazion en la America y que se pueda estender en esos Reynos y especialmente en esa Ciudad con las mismas preheminencias que en los de españa; y visto en mi consejo de las yndias, con lo que dixo mi fiscal en el, teniendo presente lo que en esta ynstancia me haveis informado, vos el virrey y esa Audiencia, y el Arzovispo de esa Metropolitana, los cavildos Secular y eclesiastico de esa Ciudad, y las relixiones de Santo Domingo, san Francisco, san Agustín, nuestra señora de la merced, Compañía de Jesus y san Juan de Dios en cartas del año pasado de mill setezientos y siete ponderando las grandes utilidades que se an de seguir de esta fundazion, que ultimamente a esforzado, concurriendo a la misma suplica el padre fray francisco palanco, provincial de dicha Orden de la Provincia de Castilla, y consultadoseme sobre ello, he venido en conzeder lizencia (como por la presente se la doi y concedo) a la dicha relixion de mínimos de san francisco de Paula para la fundazion del Convento que solicita en la Ciudad de Lima y no en otra parte de ese Reino, para cuyo efecto, puedan llevar de estos reynos, veinte Relixiosos Sacerdotes y los que necesitaren legos para este número, a su costa, y sin que a mi Real Hazienda en su conduzion le ocasionen ninguna, y con la calidad de que estos nunca han de poder ser misioneros ni Doctrineros, y sin que aora ni en tiempo alguno, puedan pretender cosa alguna de mi Real hazienda, y con la circunstancia de que para la subsistencia de este numero de relixiosos ha de preceder lo tengais por conveniente Vos el Virrey y esa mi Audiencia ynformando antes, al dicho mi consejo, sobre este específico numero, y lo que en orden a el se os ofreciere y con la obligazion de que dichos relixiosos hayan de dexcir cada semana una misa perpetua por mi salud, la de la Reyna, mi mui cara y amada mujer, del Príncipe, nuestro yjo, y demas subcesores en esta Monarquia, y buenos subcesos de ella, y que todos los domingos y fiestas del año (sin titulo de Dotrineros) hayan de explicar en su yglesia la Doctrina xpristiana; cuyos prelados, por ser en dicha relixion annuales se deja al hadvitrio de su General, o vien para la extension de trienio, o vien para que en conformidad de lo que la Compañia de Jesus practica, tenga Pliegos de Provincia en esa Ciudad, a la qual no ha de poder pasar Visitador alguno de estos reynos, si no es en caso que por los Virreyes y Arzovispos se agan los ynformes que por la lei de Yndias para tales visitas de relixiosos esta dispuesto, y con calidad expresa de que se haga ynventario Jurídico de las Donaciones y haziendas que dicha relixion tiene en esa Ciudad, y en que consisten sus propiedades y linderos para que siempre conste, su Principal, pero con calidad tamvien (y no de otra suerte) que este convento haga obligazion precisa en esa Audiencia de que a de executar todo lo que yo determinase por punto General en quanto ha proivir la adquisizion de nuevas Haziendas, esperando del zelo de tan sagrada relixion que en consequencia de lo que se me a representado sobre lo nezesario que es dicho Convento para la Predicazion, Dotrina y enseñanza, y propagazion de nuestra santa fee catholica, pondra espeçial cuidado en que los relixiosos que le havitasen se hapliquen, con eficazia, a tan santo fin y loables ynstitutos, y con todas las calidades, condiciones y circunstancias arriva expresadas, quiero y es mi Voluntad se ejecute dicha fundazion y os mando a vos el Virrey , presidente y oídores de esa Audiencia, y ruego y encargo al harzovispo de la yglesia metropolitana de esa Ciudad guardeis y cumplais lo contenido en esta mi cedula, dando el dicho arzobispo, por la parte que le tocare, las ordenes que convengan para su observancia, sin la menor ynovazion, que hasí es mi voluntad; fecha en Madrid a siete de Junio de mill setecientos y diez = Yo la Reyna = Por mandado, de su Magestad, = Dn Bernardo Tinagero de la escalera.»
..................
B)Informe del Consejo de Indias de fecha 2 de Noviembre de 1785 sobre petición presentada por el Provincial de Castilla de la Orden de los Mínimos.
(AGI, Lima, 1561).
«Con Real orden de 13 de enero de este año se le remitio para que informase un Memorial de fr. Thomas Muñoz Provincial del orden de Minimos de esta Provincia de las dos Castillas. En el expuso que dicha Provincia tiene un convento en Lima y una Casa en Guamanga y que aunque desde el año de 711 en que se fundó han hido de España unicamente 5 ó 6 Religiosos sin embargo se ha governado por estos (a excepcion de algun corto intervalo de tiempo) hasta el año de 82, que murio el ultimo.
Que no teniendo el Provincial por combeniente el que sus subditos en aquellas Provincias tan distantes se goviernen por si mismos por temerse en este caso la decadencia de la observancia regular desea bayan algunos Religiosos de caracter de esta Provincia para afianzar la observancia y la justa subodinacion a la Metropoly; pero como al mismo tiempo no lo puede verificar por la Pobreza de su Provincia solicitó se le concediese licencia para que pasasen a Lima dos religiosos de las expresadas circunstancias y que se les costease el Pasage de quenta de la Real Hazienda.
El Consejo de conformidad con la contaduría y Fiscal es de parecer a que V.Magd. puede dar su Real permiso para que pasen a la mencionada ciudad de Lima unicamente los dos Religiosos que propone el Provincial pero no encuentra razon para que su pasage sea a costa del Real erario.»
[1] Utilizamos el adjetivo “colonial” en su más amplio sentido, sin prejuzgar su idoneidad específica en relación al status que tenían los territorios de Indias respecto al resto de los comprendidos en la Corona de España.
[2] Cf. Constantino Bayle, «Órdenes no misioneras en Indias» en Missionalia Hispanica 1944 p.540.
[3] Cf. mi trabajo «Bernard Boil: datos, interrogantes y documentos olvidados» en Bollettino Ufficiale dell’Ordine dei Minimi XLVII (1999) pp.105-129. No obstante, puede hablarse de malogro sólo hasta cierto punto; sigo pensando que el encargo a Boil era de cariz personal, cuanto más cuando la Orden mínima era entonces en España puramente incipiente; añádase la premura en preparar el viaje y el limitadísimo conocimiento del ámbito a misionar y se comprenderá que Boil y los eclesiásticos que le acompañaron no fueron más que la avanzadilla inexperta de una empresa misionera que requería, como requirió, más efectivos, más preparación y, sobre todo, más tiempo.
[4] En 1572 llegaron a pasar, entre franciscanos y dominicos, más de 500 frailes (Cf. Bartolomé Bennassar, La América española y la América portuguesa. Siglos XVI-XVIII, Madrid, 1980, p.168).
[5] En la citación de documentos del Archivo que pertenezcan a legajos ya digitalizados, indicamos, para más rápida localización, además de la paginación original, la correspondiente a la unidad digitalizada.
[6] «En el mes de marzo de 1560 comenzó a hacer milagros la Imagen de Ntra Sra. de Consolación que es en el término de la villa de Utrera Jurisdicción de Sevilla» (Adiciones a Morgado, en Biblioteca Capitular Colombina, Manuscrito 84-7-19 [microf. 59-1-3] f.39v). De la milagrosa imagen y de la primitiva ermita tomaron posesión los mínimos un año más tarde, gracias a la mediación de la reina Isabel de Valois ante el arzobispo de Sevilla y contando con la aquiescencia de los utreranos. Se ha escrito que sumaron 8000 ducados las limosnas del primer año; puede que la cifra sea exagerada, si tenemos en cuenta que había algunos obispados en aquel tiempo en Galicia (por ejemplo, Lugo y Orense) y en Cataluña (por ejemplo, Lérida, Gerona o Vic) que difícilmente alcanzaban tal cifra de renta anual (cf. B.Escandell Bonet, «Las rentas episcopales en el siglo XVI» en Anuario de Historia Económica y Social n. 3 [1970], pp.76-77; datos reproducidos por Bartolomé Bennassar, La España del Siglo de Oro, Barcelona, 1983, pp.201-202).
[7] Cf. Archivo General de Indias (=AGI), Indiferente, 426, L.26 ff.71r-71v (digit.151-152); hay duplicado en AGI, Indiferente, 427, L.29, ff.128r-128v (digit. 281-282).
[8] La documentación está en AGI, Contratación, 922A, N.14.
[9] Cf. AGI, Contratación, 938B, N.28. Otro legado para la Consolación de Utrera, hecho público en 1635, fue el de 205 pesos de limosna que dejó Martín Sánchez Saavedra, difunto en la provincia de Charcas (cf. AGI, Contratación, 539A, N.7).
[10] Cf. AGI, Indiferente, 2101, N.16.
[11] Cf. AGI, Contratación, 5538, L.3, f.287r; también AGI, Pasajeros, L.7, E.2678-2681. Suponemos que en abril de 1601 fray Gregorio de León se hallaba otra vez en la península, en el “monasterio de san francisco de padua”(sic) de Sevilla, pues como tal conventual resulta nombrado albacea en el testamento otorgado en dicha ciudad por doña María de Sosa (cf. AGI, Contratación, 930, N.25, f.5r).
[12] Cf. AGI, Indiferente, 2101, N.16.
[13] Cf. AGI, Contratación, 965, N.2, f.2.
[14] Cf. AGI, Contratación, 965, N.2, f.1bisr.
[15] Cf. AGI, Contratación, 965, N.2, f.1bisv.
[16] Cf. AGI, Contratación, 965, N.2, ff.41r y 48r.
[17] Cf. AGI, Contratación, 965, N.2, f.54r.
[18] Cf. AGI, Contratación, 965, N.2, f.55r.
[19] La cercanía del Guadalquivir conllevaba el frecuente contratiempo de las riadas. En el mejor de los casos, cuando no afectaban a la fábrica del edificio, el fango acumulado hacia intransitables sus accesos.
[20] Cf. AGI, Contratación, 965, N.2,f.55v.
[21] El pleito en AGI, Contratación, 943, N.2.
[22] Hay memorial en AGI, Santo Domingo, 26.
[23] Cf. AGI, Indiferente, 430, L.41, ff.415v-417r (digit. 846-849). Extrañamente ninguna noticia se da sobre este incendio en el documentado estudio que sobre la Victoria de Málaga se halla en Francisco José Rodríguez Marín, Málaga conventual. Estudio Histórico, Artístico y Urbanístico de los Conventos Malagueños, Málaga, 2000, pp.137-153.
[24] Cf. AGI, Indiferente, 1968, L.20, ff.63v-64r (digit. 156-157).
[25] Cf. AGI, Indiferente, 1968, L.20, ff.249r-249v (digit.527-528).
[26] En abril de 1583 se propuso por el Consejo otorgarles una Receptoría de la Audiencia de México (son los tiempos en que la Hacienda real tiene que acudir a la venta de oficios públicos), pero el Rey respondió que “como sabeis se han mandado vender estas Receptorías para valerme de lo que procediere dellas”- Se sugirió en julio del mismo año se les concediese de una escribanía de las vacantes en la sobredicha Audiencia; en agosto el Rey decidió otorgar al convento 600 ducados de los 2000 que valía la escribanía. Pero en enero de 1586 los mínimos madrileños todavía no habían cobrado la merced; el rey mandó se averiguase si se había traído o no el producto de la venta de la escribanía. Según informaba el Consejo en mayo del mismo año, había sucedido que los oficiales de la Nueva España mandaron el producto de la venta de escribanías sin hacer constar ninguna particularidad de destino en el registro, por lo que se había gastado en otras cosas. Nueva propuesta del Consejo en septiembre de 1586: que se libre la limosna acordada en vacantes de plazas de Audiencias de las Indias, avisando a los oficiales reales que en lo sucesivo cuando envíen fondos procedentes de oficios vendidos “embien relacion en particular quanto es de cada uno y como viene”; el monarca asiente. Fue finalmente en 18 de febrero de 1587 cuando se expidió real cédula dirigida a los oficiales de la Hacienda Real de Nueva España ordenando se pagasen los 600 ducados al monasterio de Nuestra Señora de la Victoria de Madrid tomándolos del montante de los salarios de los Oídores de la Audiencia de Mexico “que están suspendidos en la visita que ha tomado el arçobispo de la ciudad”. Las cédulas y consultas con el Consejo de Indias de este dilatado asunto se hallan en: AGI, Indiferente, 740, N.113; Indiferente, 740, N.146; Indiferente, 740, N.174; Indiferente, 1957, L.4, ff.41v-42r (digit.92-93); Indiferente, 741, N.17; Indiferente, 741, N.54; Indiferente, 1957, L.4, f.20v (digit.50); Indiferente, 741, N.113; Indiferente, 527,L.1,ff.38v-39v (digit. 90-92).
[27] Cf. la real cédula en AGI, Indiferente, 527, L.2,ff.2v-3r (digit.34-35) y la consulta de la Cámara de Indias en AGI, Indiferente, 747.
[28] Cf. AGI, Indiferente, 747.
[29] Cabe señalar, por ejemplo, los 300 reales que en agosto de 1616 se manda les pague el Receptor del Consejo de Indias cuando llegue a su poder el montante de fletes y averías a cobrar por los oficiales de Cartagena sobre el envío de la contribución remitida por el portugués Jorge Fernandez (cf. AGI, Indiferente, 428, L.34, ff.221r-221v).
[30] Se concedían a los mínimos 30 licencias para pasar esclavos a las Indias, cuyo precio era de 30 ducados por licencia (cf. AGI, Indiferente, 750).
[31] En el convento madrileño de la Victoria se ubicó en 1565 una devotísima imagen de vestir de la Virgen de la Soledad. Poco después se fundó la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad y Angustias, la cual, nacida primeramente con una finalidad de culto, extendió unos años después su acción al campo de la beneficencia, particularmente en la gestión de la Inclusa de Madrid. Ingresada como cofrade Isabel de Valois, la hermandad contó entre sus miembros a numerosos componentes de la nobleza, del personal de la casa real y del funcionariado estatal y municipal. En las últimas décadas del siglo XVI comenzaron las disensiones entre la hermandad y la comunidad religiosa, dando origen a pleitos y conflictos que prácticamente no terminaron hasta la extinción de la Cofradía en 1651; sobre esta hermandad, cf. José Luis de los Reyes Leoz, «La Cofradía de la Soledad. Religiosidad y beneficencia en Madrid (1567-1651)» en Hispania Sacra XXXIX n. 79 (1987) pp.147-184.
[32] Cf. AGI, Indiferente, 429, L.39, ff.225v-226v (digit.482-484).
[33] Cf. AGI, Indiferente, 443, L.33, f.136v (digit.282). Otro ejemplo: en 28 de diciembre de 1689 se le libran 1188 reales de vellón por gasto de la rogativa celebrada por el buen suceso del viaje de la Reina (cf. AGI, Indiferente, 443, L.35, ff.186r-186v (digit.381-382)).
[34] Cf. AGI, Contratación, 5318,N.2,R.46 y AGI, Pasajeros, L.9, E.1725.
[35] Cf. AGI, Contratación, 5357, N. 31. Como es usual en este tipo de expedientes, el mayor volumen de él lo ocupa la información de limpieza que para pasar a las Indias se exige respecto del criado (es decir que sus antepasados eran o fueron cristianos viejos, de limpia generación, sin mácula ni raza de moros, ni indios, ni de otra mala secta, ninguno de ellos preso, castigado ni penitenciado por la Inquisición, que él era mozo, soltero, no de los prohibidos de pasar a las Indias del mar océano, no clérigo ni sujeto a Orden religiosa).
[36] Cf. AGI, Indiferente, 2871, L.10, ff.104r-104v (digit. 108r-108v).
[37] Cf. AGI, Contratación, 5454, N.3, R.161.
[38] Como se verá más adelante, en Perú sí existía un “hospicio”.
[39] Según la lista que trae Roberti, el P. Juan de Alfaro habría sido Provincial de Sevilla entre 1647 y 1650 (Giuseppe Maria Roberti, Disegno storico dell’Ordine dei Minimi dalla morte del santo istitutore fino ai nostri tempi, Vol. III, Roma, 1922, p.212). De este Memorial de Fr. Juan de Alfaro impreso hay ejemplar en la Biblioteca Nacional sign. VE/210/73.
[40] «...algunos mudandose los nombres, se han vestido de Clerigos, y probando que se les perdieron los titulos, o haziendolos falsos, se han opuesto a Curatos, y los han obtenido, y exercido muchos años. Y los que han conservado el habito Religioso, con la indecencia de andar solos por tan dilatadas Provincias, como, y en la forma que quieren, se han entrado en los assientos de minas, en que con la grosedad de la plata, la multitud de gente suelta, y los bandos, inquietudes, y pendencias, que nunca en dichos assientos faltan, han vivido y viven con mayor escandalo que los seculares, llegando con trage religioso a causar, y aun a executar heridas, y muertes. Y en lo que mas se ocupan, y se divierten unos y otros, es en adquirir dineros por tratos y contratos, haziendose mercaderes, llevando, y comerciando generos de unas partes a otras, por sus personas, y las de sus amigos, con la soltura y libertad que les da el ser exemptos para el castigo, inobedientes para los mandatos, y atrevidos para quanto intentan...» (Memorial citado en nota anterior, pp.1v-2r).
[41] Cf. Antonio Ximenez: Devoción al Sacrosanto Mysterio de la Missa ordenada por el glorioso P. S. Francisco de Paula, Sevilla, 1646, p.90r. El P. Ximénez tenía compuesta una gran obra sobre el Santo, su devoción y su Orden (Vida del Deífico San Francisco de Paula), pero murió antes de poder publicarla y el manuscrito se perdería probablemente en el incendio del convento de Triana. Desgraciadamente, es una historia repetida. También fray Juan de Prado y Ugarte proyectaba una magna Crónica de la Religión, a tenor de lo que escribe en 1669 en su traducción de la vida del Santo de Fr. Isidoro de Paula (Toscano); al cabo del tiempo, ni rastro.
[42] «Quando durava un Hospicio que tuvimos en Lisboa, predicando allí el Padre Fray Thomas Correa, Religioso de esta nuestra Provincia de Sevilla, y dando noticia de las maravillas de nuestro glorioso Padre S.Francisco de Paula, adquirió muchos devotos: entre los quales fueron notables los Señores Don Rodrigo de Camara y Dª María de Faro, Condes de Villa Franca, en la Isla de S.Miguel, una de las Terceras...Y en agradecimiento hizieron una Imagen de talla de S.Francisco de Paula, que llevaron consigo a su Isla...llevando consigo al dicho Padre Predicador Fray Thomas Correa, con animo de fundar allí un convento, pero a que esto no tuvo efecto, por no llevar bastante autoridad para acetar la fundacion, y venirse a morir antes que pudiesse bolver a proseguir su intento, y porque siendo tan a trasmano, se ha dexado assi: el Santo allá haze muchas maravillas, colocada su Imagen en una Iglesia de San Matheo, vezina al Palacio de los Condes...» (A. Ximenez, o.c., pp.100v-101r).
[43] Cf. Giuseppe Maria Roberti, Disegno storico dell’Ordine dei Minimi dalla morte del santo istitutore fino ai nostri tempi, Vol. II, Roma, 1908, pp. 54-55.
[44] Cf. A.Ximenez,o.c.,p.129r. Tal vez sea el fray Benabé Delgado que había designado como albacea en su testamento Julián López, difunto en Jauja (cf.AGI, Contratación, 533A,N.1,R.4). Fray Bernabé no figura en la lista de Pasajeros a Indias de los años inmediatamente anteriores (cf. Archivo de Indias, Catálogo de Pasajeros a Indias 1626-1639, Sevilla, 1999).
[45] C.Bayle, o.c., p.541. Otros se inclinan por situar la entrada en 1644 (Cf. CEHILA, Historia General de la Iglesia en América Latina, Vol. VIII, Salamanca, 1987, p.73); en cualquier caso, las referencias documentales que citan uno u otro año son muy posteriores.
[46] «... es cierto que no tiene ynconbeniente antes si muchas combeniencias por no dar lugar al desconsuelo que tendria esa Ciudad en ver demoler un templo adonde la devocion y la necesidad mobia a tantos vecinos y caminantes como llegaban a el sin tener recurso de mayor comodidad...» (AGI, Indiferente, 2871, L.9, f.238v [digit. 238v]).
[47] Cf. AGI, Indiferente, 2871, L.9, ff.232v-236r (digit. 237v-241r).
[48] Cf. AGI, Indiferente, 2871, L.9, f. 280 (digit. 285).
[49] Cf. AGI, Indiferente, 2871, L.9, ff.332r-333r (digit. 337r-338r).
[50] Cf. AGI, Indiferente, 2871, L.9, ff.340r-342r (digit. 345r-347r).
[51] Cf. AGI, Indiferente, 2871, L.10, ff.105v-107r (digit.109v-111r). En el tenor de la autorización no se recogió la finalidad, aún más limitativa, indicada por el Virrey: que “solo tratasen del culto del santo y recojer limosnas para el santuario (sic) de Nra. Sra. de la Soledad” de Madrid.
[52] Cf. Rubén Vargas Ugarte, Historia General del Perú. IV-Virreinato (1689-1776), Lima, 1966, pp.31-32.
[53] Acta Capitulorum Generalium Ordinis Minimorum, Vol. II., Roma, 1916, pp.8-9.
[54] En un censo de 1700 el total de religiosos y religiosas forma casi la sexta parte de la población (cf. Mari-Pilar Pérez Cantó, Lima en el siglo XVIII. Estudio socioeconómico, Madrid, 1985, p.102).
[55] «...y en fin de todo género de aflicciones, en que ponen por intercessor a San Francisco de Paula, y esto no solo en toda la Europa, sino tambien en las Indias, siendo assi, que no tenemos alla fundaciones, sino a lo mas un Hospicio, si bien ha muchissimo, que con todos los medios possibles nos solicitan, y llaman; en mi tiempo nos han rogado diversas veces: Esta ultima vinieron cartas de el Regimiento de la Ciudad de Lima, del Clero, y Comunidades de Religiosos, suplicando vayamos a fundar un Convento siquiera. Hacemos quanta equidad es possible; andase disponiendo, Dios disponga lo que fuere mas de su agrado, que cierto no dexara de enternecerse qualquiera, que oyga las noticias que nos dan cada dia de los muchos, y singulares milagros que obra en las Indias San Francisco de Paula, la suma devocion que todos tienen con él, solo por alguna noticia, y tal qual Imagen suya que tienen. Ya, bendito sea el Señor, y nuestro Santo, tenemos un celebre Convento en la Ciudad de Lima...» (Joseph Gómez de la Cruz, Prodigiosa vida y admirable muerte de nuestro glorioso Padre San Francisco de Paula, Madrid, 17273r, p.300). La última contrastante frase parece un añadido posterior; no puedo corroborarlo, pues manejo la tercera impresión y no he podido consultar la edición princeps..
[56] Cf. Giuseppe Maria Roberti, Disegno storico dell’Ordine dei Minimi dalla morte del santo istitutore fino ai nostri tempi, Vol. III, Roma, 1922, pp.154-156. Fray Blas Bravo en 1703 se hallaba en Marsella, participando en el Capítulo General como Comiso de Castilla (cf. Acta Capitulorum..., Vol. II, p.19).
[57] Manuel de Oms de Santa Pau. Había tomado posesión del Virreinato en 1707. Antes había ejercido de embajador en Francia; fue el encargado de presentar al rey francés el testamento por el que Carlos el Hechizado nombraba heredero a Felipe de Anjou, con cuya ocasión se le atribuye haber pronunciado la frase: “Señor, desde este momento no hay Pirineos”.
[58] Cf. AGI, Indiferente, 2872, L.13, ff.313r-320v (digit. 681-696). Dada su importancia, transcribo esta real cédula en Anexo.
[59] Los religiosos propuestos eran los Padres fray Antonio Fernández Sotelo, fray Bonifacio Grandivial, fray Joseph Martín Guerrero, fray Juan Chiquet, fray Joseph de Mira, fray Francisco Martínez Anguiano, fray Bernardo González, fray Juan Gómez, fray Lorenzo de Sevilla y fray Francisco Tovar; todos ellos conventuales de Madrid, salvo Joseph de Mira que pertenecía al Colegio de Salamanca (cf. AGI, Contratación, 5467, N.88, ff.4r-5r).
[60] Cf. AGI, Indiferente, 432, L.47, ff.194r-196r (digit.403-407).
[61] Cf. AGI, Indiferente, 2872, L.13,