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ANEXO
B
Los
privilegios concedidos a lo largo de la historia a las unidades y
cuerpos militares, y concretamente a la Infantería de Marina, tienen
carácter vario. El Cuerpo goza, entre otros, de los siguientes:
1.°)
Privilegio de ostentar los títulos de Real y Glorioso. La consideración
de Cuerpo de la Casa Real fue concedido como premio a lo bien que se
portaron sus individuos en la defensa del castillo del Morro y plaza de
La Habana, por R.O. de 22 de marzo de 1763, y el de Glorioso en atención
a la destacadísima actuación y extraordinarios méritos acumulados a
lo largo de su historia.
Como consecuencia de ser Cuerpo de la Casa
Real, la Infantería de Marina tiene los siguientes privilegios:
De formar Cuerpo; para que un Cuerpo se
acredite como tal, es preciso que, como mínimo, concurra con dos compañías
completas, aunque sean distintas, pero del mismo regimiento o unidad
y que lleven su bandera (R.O. 8-7-1799). De esto se exceptúan las
tropas de Casa Real, a las que basta un cabo y cuatro soldados para
formar Cuerpo, y por tanto, a llevar bandera. Esta concesión no tenía
otro objeto que el de conceder a los destacamentos y comisiones de
leva mayor representatividad.
Dar escolta o guardia de personas reales. Esta
misión la cumplió tradicionalmente la Infantería de Marina,
sancionando Alfonso XIII en 1908 el siguiente decreto: "El Cuerpo
de Infantería de Marina, por estar declarado tropa de Mi Real Casa,
tendrá preferencia para montar la guardia de calle de Mi Real
Persona...". Hoy día cumple esta función la Compañía Mar Océano,
integrada en el Regimiento de la Guardia Real.
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Fuero de atracción, privilegio jurídico por el que el Cuerpo tenía
derecho a juzgar no sólo a sus reos, sino también a los de los otros
cuerpos, no siendo éstos de la Casa Real, y respecto de los cuales
pudiesen declararse sus tribunales correspondientes competentes,
siempre y cuando hubiesen sido aprehendidos por oficiales o tropa de
Batallones o hubiese alguna relación con éstos. Enjuiciaba por tanto
el Cuerpo las sumarias, inhibiéndose los demás tribunales, tanto
civiles (en atención al "fuero militar"), como militares (en
atención al "fuero de atracción").
Preferencia
en el acto del pagamento; poder percibir sus haberes con preferencia a
otras unidades (1828); este privilegio era muy importante en épocas de
escasez.
Preferencia
en formaciones y revistas; la Infantería de Marina irá detrás de las
Unidades de Reales Guardias de Infantería Española y Valona,
Alabarderos y Carabineros Reales.
Batir
retreta en las plazas marítimas; en las plazas marítimas guarnecidas
por tropas de infantería de ambos ejércitos, para el rompimiento de la
retreta, es decir, de la formación para retirarse, los Batallones tenían
derecho preferente al no tener que coincidir en el servicio con otras de
las unidades citadas más preferentes.
Pase
a Cuerpos de la Casa Real; para los individuos del Cuerpo se facilitaba
el pase a otro de la Casa Real dándoseles preferencia. Vigente en el
siglo XVIII, se volvió a actualizar esta prerrogativa en1857.
Privilegio
de ocupar en campaña el puesto de mayor peligro, el de extrema
vanguardia en los avances y el de extrema retaguardia en las
retiradas, del que dimanó el de formar a la cabeza de las columnas de
desembarco, cubrirlas con sus guerrillas y estar en la primera línea de
choque (1886).
Otras peculiaridades que se han venido atribuyendo tradicionalmente a
la citada condición de Cuerpo de la Casa Real no tienen un origen tan
claro. Tal es el caso de las sardinetas, comunes a todos los granaderos
y cuya misión original era la de proporcionar una superficie dura y
rugosa en la que poder rascar el fósforo con el que prender la granada
en el caso de fallar el chisquero o en ausencia de él. También se las
han identificado como distintivo especial, definiéndolas (Almirante)
como "variedad de alamar o alamares en la bocamanga que distinguía
a las compañías de preferencia en la infantería". A cualquiera
de ambas posibilidades o a las dos puede deberse su origen, pero de lo
que no cabe duda es que acabarían convirtiéndose en una peculiaridad más
del Cuerpo, porque aunque para granaderos sólo se escogían de cada compañía
seis soldados y sólo formaban unidad ocasionalmente, las
"Instrucciones" de Patiño habían establecido que "Todos
los soldados de estos batallones deben ser instruidos en el servicio de
granaderos". En cualquier
caso una R.O. de 1810 las avaló como distintivo de tropa de Casa Real y
su uso se extendió a todo el Cuerpo por R.O. de 15 de octubre de
1815. Pasaron, pues, a ser casi un emblema, que perduraría tanto cuando
ya no existiesen granaderos, como cuando el hecho de haber sido
considerada tropa de Casa Real no tuviese ninguna relevancia en las
etapas republicanas de nuestra historia.
El
uso de los colores azul y encarnado del uniforme, considerado por
algunos como prueba del privilegio real, tampoco parece fehaciente.
Tal vez se podría afirmar respecto del de los oficiales a los que como
pertenecientes al Cuerpo General en sus orígenes pudiera corresponder,
pero no a la tropa que no adquiere la honrosa tradición hasta 1763,
habiendo lucido con anterioridad esos colores. En cuanto a las franjas
rojas, desde el 28 de agosto de 1857 hasta la R.O. de 28 de enero de
1931 el uniforme tuvo una sola franja roja en el pantalón. Por esta R.O.
perdió todos sus distintivos rojos y quedó totalmente azul. En 1935 se
dispuso por uniforme una guerrera de paño azul con una fila de siete
botones viveada de rojo que ha llegado prácticamente hasta nosotros; y
un pantalón: "...de la misma tela, recto, con dos franjas grana.
2.°)
Privilegio de usar la bandera del Tercio de la Mar de Nápoles,
Regimiento de la Corona, bandera morada (antiguo carmesí), con dos
anclas cruzadas por emblema y un ancla en el fondo.
3.
º) En la mar disfrutaba del privilegio de custodiar la bandera durante
el combate (1748, 93, etc.) y de ser la fuerza de garantía y seguridad
de la nave (1793).
4. º) Que sus sargentos puedan usar el galón
de oro en la casaca y en el sombrero como los oficiales (1761, 1834).
5. º) Que sus sargentos no armen el
cuchillo bayoneta cuando lo hace la tropa (1763); desaparecido en 190 l.
6. º) Que sus cabos usen en sus insignias
el galón de oro en el sombrero y vuelta de la casaca, y más tarde como
distintivo de su empleo, como resultado del heroísmo demostrado en la
defensa del castillo del Morro y plaza de La Habana (R.O. de 1793);
este privilegio desapareció por razones de uniformidad (1942).
7. º) En otro tiempo se le conoció por el
sobrenombre de "Valientes por mar y tierra", que, a usanza del
Ejército, llevaban en un escudo de distinción colocado en el brazo
izquierdo. Le fue concedido por su bravura y bizarría en las campañas
de América.

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